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Un logro histórico para la seguridad humana y contra incendio en Jalisco

Por: Redacción

En el marco de la ceremonia de conmemoración del Día Nacional de las y los Bomberos, el vicepresidente de AMRACI, Ing. David Morales Reinosa, en representación del Ing. Juan Francisco Guzmán Hernández, presidente de la institución,  hizo entrega de la Norma Estatal de Seguridad Humana y Contra Incendio para Jalisco al Gobernador del Estado, Lic. Pablo Lemus Navarro.

Este documento normativo es resultado de un trabajo conjunto con la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos de Jalisco, liderada por el Mtro. Sergio Ramírez López y su equipo técnico, así como de la colaboración de organismos especializados, autoridades municipales, representantes de la industria y de la sociedad civil.

La entrada en vigor de dicho documento será la consolidación del esfuerzo que comenzo hace varios años con Protección Civil y Bomberos de Zapopan y Guadalajara, a través de las Guías Técnicas, y que hoy se materializa en una norma Estatal, marcando un parteaguas en la prevención y protección contra incendios.

Este proyecto demuestra que cuando gobierno, industria y sociedad trabajan en conjunto, los resultados impactan positivamente a toda la comunidad.

Ahora bien, por el momento Norma Estatal de Seguridad Humana y Contra Incendio para Jalisco, sigue siendo revisada y debe cumplir un camino legislativo para su entrada en vigor. Esta normativa, será un referente nacional, inspirando a otros estados y sentando las bases para lograr, en un futuro cercano, una norma de alcance nacional que fortalezca la cultura de la prevención en todo México.

 

Aquí te mostramos el camino típico que debe transcurrir una norma para ser promulgada en el Estado de Jalisco.

  1. Iniciativa

La iniciativa puede ser presentada por:

  • Diputados del Congreso estatal.
  • Gobernador del Estado.
  • Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en temas de justicia.
  • Ayuntamientos, en asuntos de su competencia.
  • Ciudadanos inscritos, que representen al menos el 0.5 % del padrón electoral estatal.

Las iniciativas ciudadanas deben ser dictaminadas en un plazo de dos meses desde que el pleno las turna a comisión.

  1. Dictamen en Comisión

La iniciativa se analiza en una o varias comisiones del Congreso, donde se examina su viabilidad, se elaboran propuestas de modificación, y se emite un dictamen favorable, con reserva o negativo.

  1. Discusión y Aprobación en el Pleno

El dictamen se presenta ante el pleno del Congreso, donde se discute la iniciativa y finalmente se vota. Se puede aprobar como fue presentada, con modificaciones, o desecharse.

  1. Envío al Gobernador y Sanción

Una vez aprobada, la minuta se remite al Gobernador del Estado, quien dispone de 8 días hábiles (o 3 días en caso de urgencia declarada por el Congreso) para sancionarla o devolverla con observaciones.

  • Si no emite observaciones en ese plazo, se considera aprobada automáticamente.
  • Si hay observaciones, el Congreso puede insistir con una segunda aprobación, ahora con al menos dos tercios de los diputados presentes, para que el Gobernador promulgue.
  1. Promulgación y Publicación

El Gobernador promulga la ley o decreto. Posteriormente, se publica en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, lo cual, es indispensable para que la norma tenga validez jurídica. congresoabierto.congresojal.gob.mx

  1. Vigencia
  • Si la norma no indica fecha específica de entrada en vigor, entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial.
  • En algunos casos, la ley puede fijar un plazo específico para su entrada en vigor.

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